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“CAPRICHITO DE PADRES”


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Así calificó la neonatóloga el plan de parto respetado que Agustina Petrella había preparado para tener a su segunda hija. No sólo lo incumplieron, sino que además la maltrataron. Tras hacer la denuncia, el caso se convirtió en el primer juicio por violencia obstétrica en el país. La demanda incluye a la neonatóloga, al obstetra, a la prepaga y a la clínica.

Por Daniela Condorí  (@condoridaniella)

La violencia obstétrica es negar información, practicar cesáreas innecesarias, inyectar fármacos cuando no corresponde, maltratar verbal y físicamente a las embarazadas antes, durante y después del parto. Está tipificada en la ley 26.485 de Protección Integral a las mujeres, que a su vez cita la de parto humanizado (25.929) reglamentada en 2015.

Agustina Petrella es madre de Pedro (5) y de Milagros (3). Su primer parto no fue una buena experiencia. “Estoy segura de que el obstetra me colocó una cápsula de prostaglandina para acelerar el trabajo de parto”, afirma Agustina y cuenta que después de eso se informó más acerca de lo que es un parto saludable y atención al recién nacido.

Cuando quedó embarazada de Milagros, demoró cinco meses hasta que decidió cambiar de obstetra y eligió uno que hacía partos humanizados. Con el conocimiento del médico, envió una carta a la clínica donde iba a nacer su hija con el plan de parto que quería. “Pedí luces bajas, que no haya más que la gente imprescindible y que se respete la hora sagrada. La quería así como nace, con la placenta y el vérnix”, relata Agustina.

Pero nada de eso sucedió. El día de su internación, en septiembre de 2014, la apuraron a los gritos y le impidieron ir al baño. El obstetra llegó después, haciendo chistes y sin respetar su plan de parto. Cuando nació su hija, pidió que se la dieran y una vez más no respetaron los derechos de la madre. “Milagros nos vamos a encontrar en un ratito”, le dijo Agustina a su bebé recién nacida. Dos horas después, desde la habitación, pidió ver a su hija. “Mi marido fue a buscarla, me la trajeron bañada, dormida y le habían dado leche de fórmula”, recuerda Petrella.

El segundo día de internación una enfermera fue a buscar a Milagros para llevarla a controles. “Me dijeron que la llevaban cinco minutos, pasaron 15, me levanté, pasé por la nursery y vi a 17 bebés desnudos con la luz de tubo llorando a los gritos”, cuenta Petrella.

Después de eso insistió para que se la entregaran, lo hicieron y horas después continuó el maltrato. La neonatóloga entró a la habitación y a los gritos le dijo: “Acá no estamos para cumplir los caprichitos de los padres, me das esa bebé por las buenas o te la saco por la fuerza”. Agustina no podía dejar de temblar, arrastraba toda la violencia que había sufrido desde que ingresó a la clínica, había sido amenazada por la neonatóloga y no entendía nada, temía que le sacaran a su hija.

Dos horas después llegó el obstetra y le dio el alta anticipada. Agustina salió de la clínica con todas esas escenas de violencia que no se pudo borrar de la cabeza hasta que hizo la demanda por violencia obstétrica en la Defensoría del Pueblo de la Nación. Esta institución hizo una auditoría y determinó que había existido violencia obstétrica.


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Por Paola Fernández Mayorales (@Paocfm87)

Agustina Petrella realizó, en enero de 2015, una denuncia por violencia obstétrica en la Defensoría del Pueblo de la Nación. Luego de una auditoría, este organismo determinó que sí hubo violencia, pero al no tener poder de sanción, Agustina decidió ir por la vía judicial. Ningún abogado penalista quiso tomar su caso. Entonces formuló, en diciembre de 2016, una presentación por daños y perjuicios contra el obstetra, la neonatóloga, la clínica y la prepaga.

“El inicio de la demanda no fue nada fácil. Cuando Agustina me contactó desde el punto de vista académico, pensé bastante en comenzar una nueva lucha”, dijo Josefina Rita Sica, abogada de Petrella y especialista en bioética y derechos a la salud. 

“Cuando uno comienza estas batallas sabe que es algo que va a demorar mucho tiempo para que se incorpore en la sociedad. Para que los jueces comiencen a pensar de qué se trata el tema. Uno habla de violencia obstétrica y a gatas entienden lo que es la violencia doméstica, de género. Tenemos una sociedad tan violenta en todos los sentidos”, indicó Sica.

Convencida de llevar su caso a la justicia, Petrella trabajó arduamente junto a su abogada en la búsqueda y recolección de pruebas e información. “Agustina estaba muy decidida a seguirlo. Así que me puse a estudiar y analizar todo el tema. Ella colaboró mucho para conseguir las pruebas científicas y los contactos a nivel internacional”, señaló la defensora legal y añadió: “Nosotros interpusimos una demanda. Nos había tocado una jueza excelente que sabe mucho de responsabilidad médica. La demanda también incluye los derechos del consumidor (Ley 26.361), ya que el vínculo médico-paciente, es una relación de consumidor de salud”.

Sica agregó: “Por eso se obtiene la gratuidad del proceso. Cuando interpusimos la demanda sacaron el primer despacho, ahí corrimos el traslado de la misma. Esto quiere decir que se da a conocer a la clínica, a la compañía de seguros, y a los médicos demandados”.

Una de las compañías de seguro recusó al juez sin causa. La recusación es en derecho el acto procesal que tiene por objeto impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso, cuando una parte considera que no es apto porque su imparcialidad está en duda. En el proceso civil se puede recusar al juez, por una sola vez en su primera actuación.

Por el momento el expediente se trasladó a otro juzgado. Recién ahora se terminó de trabajar la litis la cual se encuentra trabada. Se conoce como “traba de litis” a la respuesta o contestación que el demandado da ante el juez o tribunal competente de la demanda presentada por el actor.

“Vamos a pedir la fijación de la audiencia preliminar de conciliación con el juez”, concluyó Sica.


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