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CAMBIAR PARA QUE NO CAMBIE NADA


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Un racconto por las modificaciones en la legislación argentina sobre drogas prohibidas, que sigue penalizando al consumidor y no detiene el avance del negocio del narcotráfico a gran escala.

Por Magdalena Caviglia y Andrea Roques Zeballos

Desde su sanción en 1989, la Ley de Estupefacientes despierta polémica. Lleva 25 años en vigencia pero nunca dejó de ser cuestionada por su finalidad moralizante y por presentar oposición con ciertas garantías constitucionales. Su vigencia tampoco tuvo efectos determinantes en el desafío de frenar el avance del narcotráfico y se acumularon en el camino fallos oscilantes que no simbolizaron cambios sustanciales ni modernizaron la legislación. Un racconto de sus cambios con sus efectos relativos.

CAUSA DE LA NADA
Año 1981. La policía allana el domicilio de Gustavo Bazterrica, músico de Charly García y guitarrista de Los Abuelos de la Nada. Le incauta una cantidad escasa de sustancias para consumo personal y por ello es condenado por los tribunales a una pena de multa y prisión. El país transitaba los últimos años de una dictadura militar sanguinaria, plagada de violaciones a los derechos humanos.
En 1986, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaraba la “inconstitucionalidad” de la persecución por tenencia de estupefacientes para consumo personal, respaldada por el artículo 19 de la Constitución nacional que protege la privacidad y libertad de los individuos -siempre y cuando no lesionen a terceros-. Esa decisión pasó a la historia como el “fallo Bazterrica”. Aún así, en 1989 el Congreso aprobó la sanción de la ley 23.737, que en su artículo 14 señala que cualquier persona que tuviera estupefacientes puede ser reprimida con cárcel y multa.

IDA Y VUELTA DE PARCHES
En la Ley de Drogas de 1974 no había diferencia entre la tenencia para uso personal y la simple; es decir, todos quedaban bajo la misma figura con igual penalidad. La 23.737 definió una condena atenuada para la tenencia y cultivo destinados al consumo propio. En 1990, la Corte Suprema hizo caso omiso del “fallo Bazterrica” y ratificó la sentencia a tres meses de cárcel en suspenso para Ernesto Montalvo, quien llevaba 2,7 gramos de marihuana al momento de ser detenido, aunque se determinó por la escasa cantidad que era para él.
En 2009, la Corte retomó lo antedicho en la sentencia del guitarrista de Los Abuelos de la Nada y resolvió por unanimidad, a través del “fallo Arriola”, la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley 23.737. Los jueces argumentaron que el enfoque punitivo fracasó porque el comercio de drogas aumentó a pesar de haberse castigado a los consumidores durante 18 años. Agregó que el usuario es una “víctima” del tráfico y que castigarlo concluye en su revictimización.
Desde este último fallo fueron presentados ante la Cámara de Diputados distintos proyectos que proponen modificaciones, en general orientadas a la despenalización del consumo. Pero, cuando la situación de la Argentina se acercaba a ese punto, llegó el cambio: el presidente Mauricio Macri le declaró la guerra al narcotráfico. ¿El marco? Una política de drogas impulsada por Estados Unidos que actúa por fuera de las fronteras de ese país a través de la Administración para el Control de Drogas (DEA) y que, a pesar de haber sido desacreditada por los organismos internacionales de derechos humanos, criminaliza a los usuarios y a los últimos eslabones de la cadena del negocio.
“Argentina se aparta de las principales recomendaciones de los expertos acerca de la necesidad de variar su política en materia de drogas. El imaginario de que si el país llegara a ganar esta guerra contra el narcotráfico se convertiría en el primero del mundo en lograrlo, nunca se hará realidad”, sostuvo a Bondi Mario Juliano, juez del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Necochea quien pasó a la “fama” mediática por admitir que su hija cultivara marihuana.
El ejemplo del fracaso de esa política bélica, según el magistrado, “es el de México. Lejos de ganar la batalla, las consecuencias fueron terribles: las cifras aztecas se elevan a 30 mil desaparecidos, más de 100 mil muertos y otros 200 mil desplazados desde su inicio. Una catástrofe humanitaria que no puede ser de ningún modo comparada con los perjuicios ocasionados por el consumo indebido de sustancias”.

MUÉSTREME SUS DOCUMENTOS
Según el último informe elaborado por la Fiscalía Federal N°6 sobre las causas ingresadas por fuerzas policiales en noviembre de 2015, más de la mitad corresponde a infracción de la ley de drogas. Dentro de esa mitad, un 70 por ciento fue por tenencia para consumo personal y todos los casos terminaron con el sobreseimiento de los imputados (por aplicación del fallo Arriola).
En relación a esta estadística, el titular de esa fiscalía, Federico Delgado, explicó a esta revista: “Una causa por tenencia simple de drogas exige que un policía detenga a una persona en la calle, que convoque dos testigos, haga una pericia sobre la droga, que todo eso lo escriba en una carpeta que se llama ‘sumario’, que esa carpeta pase a un juez y a un fiscal, que la lean, cumplan ciertos pasos burocráticos y después exculpen al detenido, muchas veces sin verle la cara”.
Además se refirió al abarrotamiento de los juzgados por causas de este tipo: “La ley de drogas es vieja. La sociedad cambió. Los hábitos, las costumbres y los problemas cambiaron. La tenencia o el consumo es un problema de salud pública y el narcotráfico está atravesado por comportamientos criminales. Si la ley hiciera esa distinción, podrían enfocarse los recursos de la Justicia en los grandes casos y no dilapidar energía, tiempo y dinero en la criminalización de los pequeños consumidores”.
Por otro lado, el informe del fiscal sostiene que en el modo en que la Policía Federal detecta estas actividades prevalece el justificativo de la “actitud sospechosa”. Según sostiene el juez Juliano, “las fuerzas de seguridad actúan así porque hay una ley que lo admite, y el día que no exista van a buscar otro argumento para seguir haciendo control poblacional, es decir contra determinada categoría de ciudadanos que la policía considera ‘sospechosos’ y que coinciden con un sector particular de nuestra sociedad: jóvenes, marginales, sin trabajo, con una determinada apariencia física, vulnerables en general. La actividad de control en espacios públicos está orientada fundamentalmente a estos grupos y esto no es novedoso”.

A 30 AÑOS DE BAZTERRICA
El 29 de agosto de este año, un grupo de 265 magistrados de todo el país, integrantes de la Asociación Pensamiento Penal (APP), presentaron en el Congreso un documento en el que manifiestan la necesidad de un debate legislativo para llegar a la sanción de una nueva ley de drogas. “Nosotros planteamos, respecto del cannabis fundamentalmente, que el Estado adopte una política pública similar a la que tiene con otras sustancias quizás más nocivas, como el tabaco y el alcohol”, explicó Juliano, quien además dirige esa organización.
La iniciativa propone modificaciones, como la anulación de tratamientos desintoxicantes como penalidad, ya que estos no se ajustan a los estándares en materia de derechos humanos, y reglamentar la Ley de Abordaje Integral de Consumos Problemáticos (Plan IACOP), sancionada en 2014.
Además, recomiendan contemplar la posibilidad de aplicar a las “mulas” la Ley de Trata de Personas, por su condición de posibles víctimas y con el fin de reducir las penas, buscar alternativas al encarcelamiento para delitos no violentos y políticas de amnistía e indulto. Y por sobre esto, la iniciativa plantea “garantizar el acceso a las sustancias actualmente prohibidas, a las personas que las precisen con fines médicos, terapéuticos o paliativos del dolor”. En particular, quienes llevan al frente el reclamo por la despenalización del cannabis para uso medicinal son los integrantes de Mamá Cultiva, una ONG constituida por madres y padres de chicos con epilepsia refractaria, cáncer y otras patologías que no vieron mejoras con fármacos tradicionales; y Cannabis Medicinal Argentina (CAMEDA), una asociación civil integrada por profesionales de la salud, abogados, pacientes y cannabicultores. Si bien más de cien familias ya fueron autorizadas a importar aceite de cannabis por la Administración Nacional de Medicamentos (Anmat), aún faltan decenas a quienes la ley considera “criminales” por cultivar.


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