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LEY DE ABORTO: PUNTOS CLAVES


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El proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue presentado en la Cámara de Diputados por sexta vez el 30 de junio pasado.

Por Bruno Alberotanza y Hugo Cardozo Novoa

El 30 de junio de este año fue presentado por sexta vez el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE) en el anexo de la Cámara de Diputados. La iniciativa cuenta con el aval de más de 350 organizaciones sociales, gremiales y políticas y las firmas de diputados pertenecientes a la mayoría de los bloques políticos: el Frente para la Victoria, la UCR, el Partido Socialista, el Pro, Libres del Sur, entre otros.
El texto impulsa la despenalización y legalización del aborto en todo el país, en consonancia con el ejercicio del derecho a la salud de las mujeres y en cumplimiento de Pactos, Convenciones y Organizaciones Internacionales y Regionales de Derechos Humanos.

En qué consiste
El objetivo es garantizar las condiciones sanitarias dignas, seguras y gratuitas para todas las mujeres que deciden interrumpir su embarazo. Propone que la práctica sea realizada en el sistema de salud público, privado y de obras sociales, reconociendo la plena autonomía, capacidad y el derecho de las mujeres para resolver el dilema de un embarazo no deseado y no ser sometidas a una maternidad forzada.
La propuesta defiende el derecho a la IVE en las primeras 14 semanas de gestación; en casos de violación; si se encontrara en riesgo la vida o la salud física, psíquica o social de la mujer; o si existieran malformaciones fetales graves.
Permite a adolescentes de entre 13 y 16 años con aptitud y madurez para decidir y prestar consentimiento y a menores de 13 años con asistencia de al menos uno/a de sus progenitores, representante legal.
Algunos de los diputados que firmaron a favor del proyecto fueron Victoria Donda Pérez, Carolina Gaillard, Alcira Argumedo, Myriam Bregman, Alicia Ciciliani, Margarita Stolbizer, Carla Carrizo, Soledad Sosa, Cecilia Moreau, Juan Villalonga, Carlos Heller, Julio Raffo.

Legislación actual sobre el aborto
El Código Penal de la Nación establece en su artículo 85 que será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años si el aborto se realiza sin consentimiento de la mujer. Mientras que si se produce la muerte de la misma, la pena se elevará a seis años.
El artículo 86 menciona a quienes incurran las penas establecidas en el apartado anterior sufrirán la inhabilitación por doble tiempo de la condena a médicos, cirujanos parteras y farmacéuticos que abusen de su cargo para causar el aborto o cooperen a causarlo. El embarazo interrumpido practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer no es punible si se realiza con el fin de evitar peligro de vida o salud para la madre y si el embarazo proviene de una violación.

Estadísticas de aborto en Argentina:
Según la Organización Mundial de la Salud, alrededor de 22 millones de mujeres se practican abortos clandestinos en forma insegura en todo el planeta y unas 47.000 mueren por año. En Argentina se calcula que entre 400 y 500 mil mujeres abortan de manera clandestina y entre 30 y 50 fallecen cada año. En 2014, según los últimos datos disponibles, murieron 43 como consecuencia de un aborto inseguro, un 30 por ciento más que en 2012.
El aborto es la principal causa de muerte materna en el país ya que representa el 15%.


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